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¿Quién está obligado a cumplir la NOM-35-STPS-2018? ¿A partir de cuándo debe cumplirse?

¿Quién está obligado a cumplir la NOM-35-STPS-2018? ¿A partir de cuándo debe cumplirse?

NOM-35-STPS-2018. Quién está obligado a cumplirla, a partir de cuándo

Toda persona física o moral que cuente con empleados debe cumplir el contenido de la Norma, pues su función es fortalecer el entorno organizacional favorable, entendiéndolo como el que promueve el sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa; la formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para los trabajadores del centro de trabajo; la participación proactiva y comunicación entre trabajadores; la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas de trabajo regulares conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación y el reconocimiento del desempeño, entre otros.


No importa el número de empleados que tengas, la Norma establece que deben cumplirla incluso aquellos centros de trabajo con menos de 15 trabajadores, las limitantes son únicamente las obligaciones, las cuales difieren en función del número de trabajadores.


De acuerdo a la Norma, a partir del 23 de octubre de 2019, se debía cumplir todo lo concerniente a la política de prevención de riesgos; las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial; la identificación de los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo; mecanismos para presentar quejas y resultados de identificación; acciones para la prevención de los factores de riesgo psicosocial; y acciones para promover el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización, entre otros.


Dentro de las obligaciones que debían cumplirse al 23 de octubre de 2020, se encuentran la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial; evaluación del entorno organizacional; practicas de exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o factores de riesgo psicosocial; registros de resultados y análisis de factores psicosociales; evaluaciones del entorno organizacional, medidas de control adoptadas y nombre de los trabajadores a los que se practicaron exámenes clínicos, entre otras.


Es fundamental que todo patrón realice las acciones debidas a fin de cumplir el contenido de la Norma y evitar que la autoridad del trabajo le aplique sanciones.

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