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Prórroga para el cumplimiento de las disposiciones de seguridad social en materia de outsourcing



Prórroga para el cumplimiento de las disposiciones de seguridad social debido a la reforma en materia de subcontratación- outsourcing


En días pasados se difundió la Iniciativa con Proyecto de Decreto, por la que se propone reformar el Artículo Primero Transitorio del Decreto en materia de subcontratación laboral, con el propósito de prorrogar la entrada en vigor de la reforma a las disposiciones fiscales. Debido a ello el viernes 23 de julio, fecha perentoria para dar cumplimiento a las disposiciones en materia de seguridad social, el H. Consejo Técnico del IMSS, autorizó como facilidad administrativa prorrogar los plazos de 90 días naturales establecidos en los artículos Quinto, Sexto y Séptimo Transitorios del Decreto, con el propósito de ampliar y alinear los plazos en función de lo que en su momento resuelva el Congreso.


En razón de lo anterior, se amplía la fecha perentoria que tenían las empresas para:


1. Presentar el Aviso de sustitución patronal ante el IMSS, mediante la migración de trabajadores de las empresas que operaban bajo el régimen de subcontratación laboral, siempre y cuando la empresa destino reconozca sus derechos laborales

2. Dar de baja los registros patronales por clase, y de ser procedente, solicitar un registro patronal en términos de lo dispuesto por el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

3. Proporcionar la información a que se refieren las fracciones I y II del artículo 15 A de la Ley del Seguro Social (vinculada con los contratos de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas)


Es importante recalcar que el IMSS no está precisando el período de prórroga, pues esto dependerá de la resolución que en su momento emita el Congreso, por lo que se sugiere a aquellas empresas que no hayan concluido los trámites correspondientes ante dicho Instituto, realicen las gestiones necesarias para cumplirlos en sus términos lo antes posible.


Cabe destacar, que la iniciativa presentada sólo considera la reforma al artículo primero transitorio para aplazar la entrada en vigor de las disposiciones fiscales al próximo 1 de septiembre, por lo que es importante, que si tu empresa proporciona servicios de subcontratación o hace uso de los mismos, haga las gestiones necesarias para atender las disposiciones legales con independencia de la prórroga que en su caso se apruebe, y de esta forma evite la aplicación de sanciones administrativas, fiscales y penales.

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