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¿De qué manera impacta la reforma en materia de subcontratación- outsourcing a tu empresa?



El pasado viernes 23 de abril, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma sobre subcontratación (out sourcing), lo cual ya habíamos anunciado en un artículo previo que publicamos el último trimestre del año pasado. Dentro de los temas relevantes que encontramos en su contenido, se encuentran los siguientes:


• Se prohíbe la subcontratación

• Sólo se permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializadas, cuando no formen parte:

1. Del objeto social de la beneficiaria

2. De la actividad económica preponderante de la beneficiaria

Los servicios prestados entre empresas de un mismo grupo empresarial, se considerarán especializados siempre y cuando cumplan con las mismas condicionantes marcadas en los números 1 y 2

• Se prevé la creación de un padrón de prestadores de servicios especializados a cargo de la STPS, mismo que deberá apegarse a las disposiciones generales que emita dicha Dependencia, las cuales deberán publicarse a más tardar el 24 de mayo

• Quienes proporcionen servicios de subcontratación, deberán registrarse en el padrón de la STPS, y estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social (el registro se deberá realizar en el lapso de 90 días, contados a partir de la publicación de las disposiciones generales que emita la STPS)

• Cada tres años las empresas prestadoras de servicios especializados, deberán actualizar su registro ante la STPS

• Las empresas que reciban servicios especializados serán responsables de derechos laborales y de seguridad social de los trabajadores, en caso de incumplimiento

• Para que surta efectos la sustitución patronal, deberán transmitirse los bienes objeto de la empresa o establecimiento al patrón sustituto, salvo que se celebre antes del 24 de julio, supuesto en el que se deberán reconocer los derechos laborales de los trabajadores, incluida la antigüedad, debiendo hacer lo propio el patrón sustituto ante el Instituto Mexicano del Seguro Social

• El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo 3 meses de salario, o el promedio de la participación recibida en los últimos 3 años

• Existe una alineación entre los textos de la Ley Federal del Trabajo, Ley del IMSS, del INFONAVIT, Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto Sobre la Renta y Ley del Impuesto al Valor Agregado, todas vinculadas con el cumplimiento de las obligaciones laborales

• Se podrá dar efectos fiscales de deducción o acreditamiento, a los pagos por subcontratación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos

• Para los efectos de deducción, el contratista deberá registrarse ante la STPS, y cumplir con los requisitos establecidos para tal efecto en la Ley del Impuesto sobre la Renta y en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Al respecto, se establecen una serie de sanciones administrativas, fiscales y penales para aquéllos que no cumplan con las nuevas disposiciones en la materia, incluso para los que no permitan la inspección y vigilancia de las autoridades del trabajo, quienes en este último caso, podrán hacerse acreedores a multas de hasta $434,600.00 (5000 UMA); por contravenir las formalidades de la subcontratación, se aplicarán multas de hasta $4’346,000.00 (50000 UMA), estas últimas se aplicarán a quien preste el servicio y al beneficiario de la subcontratación; multa de hasta $300,000.00 por cada obligación de omitir la entrega de información ante la autoridad fiscal; además, de manera expresa se reconoce que comete el delito de defraudación fiscal, quien utilice esquemas simulados de prestación de servicios especializados, conducta que podrá ser sancionada hasta con 9 años de prisión en función del monto defraudado.


Por lo anterior, es fundamental que si tu empresa utiliza este esquema de contratación, hagas los cambios necesarios para cumplir con la normatividad vigente, a fin de evitar sanciones administrativas, fiscales y penales.

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